Empresa de Gestión de  Alquiler de Temporada en Lanzarote
La estrategia rentable y segura frente a la Nueva Ley de Vivienda

Convierte la incertidumbre legal en tu mayor oportunidad de negocio con GESCAV

El mercado inmobiliario en Canarias ha cambiado. Con la aprobación de la nueva Ley de Vivienda y las restricciones al alquiler vacacional (VV), muchos propietarios en Lanzarote se encuentran en una encrucijada: ¿Cómo rentabilizar mi propiedad sin enfrentarme a una burocracia imposible, prohibiciones comunitarias o el riesgo de bloquear mi casa durante 5 años?

En GESCAV, no vemos problemas, vemos soluciones. Abrimos la puerta al Alquiler de Temporada en Lanzarote y Canarias (Mid-Term Rental), la modalidad que está redefiniendo la inversión inmobiliaria en las islas.

¿Qué es exactamente el Alquiler de Temporada en Lanzarote y por qué es legal?

La clave: No se alquila para «vivir» permanentemente ni para «hacer turismo», sino para cubrir una necesidad temporal de alojamiento.

Regulación del arrendamiento de temporada en España

A diferencia del alquiler vacacional (turístico) o el alquiler de larga estancia (vivienda habitual), el arrendamiento de temporada se rige por la voluntad de las partes y el Código Civil, amparado bajo el uso distinto de vivienda (Artículo 3 de la LAU).

La esencia del alquiler de temporada: alojamiento sin uso turístico

Esto significa que NO necesitas licencia turística ni placas de VV, ya que no estás ofreciendo un servicio de hospedaje, sino un arrendamiento civil por un periodo determinado (habitualmente entre 32 días y 11 meses).

Ventajas del Alquiler Temporal frente a la Larga Estancia y el Vacacional

El alquiler de temporada en Lanzarote se sitúa en el «punto dulce» (sweet spot) de la rentabilidad y la seguridad jurídica en Canarias:

Característica Alquiler Vacacional (VV) Larga Estancia (Tradicional) Alquiler de Temporada (GESCAV)
Licencia Licencia autonómica de vacacional + NRA No necesaria NRA
Duración Días / Semanas Mínimo 5 años (por ley) Flexible (3 a 11 meses)
Perfil Inquilino Turista (alto desgaste) Residentes (riesgo impago) Nómadas, Empresas, Funcionarios
Rentabilidad Alta, pero no garantizada Baja / Media Media / Alta y estable
Riesgo Impago Nulo (prepago) Alto (procesos largos) Mínimo (pagos por adelantado)

¿A quién alquilamos tu vivienda en Lanzarote? El nuevo perfil «Prime»

Lanzarote se ha convertido en un imán no solo para turistas, sino para profesionales de alto valor. Olvídate de las fiestas ruidosas o del desgaste masivo. En GESCAV conectamos tu propiedad con:

Nómadas Digitales y Teletrabajadores

Europeos con alto poder adquisitivo que buscan pasar el invierno al sol de Canarias mientras trabajan.

Personal Sanitario y Educativo

Profesionales desplazados al Hospital Doctor José Molina Orosa o centros educativos por temporadas o sustituciones.

Rodajes y
Productoras

Equipos de filmación que necesitan alojamiento de calidad por varios meses en la isla.

Reformas o Traslados

Familias locales que necesitan una vivienda transición mientras reforman la suya.

Diagnóstico y Gestión Integral GESCAV: Tu tranquilidad es nuestro negocio

Sabemos que la nueva normativa genera dudas. Por eso, en GESCAV no solo te conseguimos un inquilino; blindamos tu alquiler.

Asesoría Legal y Normativa

Analizamos si tu vivienda es apta. Redactamos contratos específicos que justifican la causalidad de la temporalidad (motivo del viaje), protegiéndote legalmente para que el contrato no se confunda con uno de vivienda habitual.

Filtro de Inquilinos Riguroso

No aceptamos a cualquiera. Solicitamos contratos de trabajo, justificación de ingresos en origen y motivo de la estancia. Buscamos solvencia y seriedad.

Gestión «Llave en Mano»

Desde el marketing fotográfico profesional hasta la entrega de llaves, gestión de incidencias, limpiezas de salida y revisión de inventario. Tú recibes la renta, nosotros nos encargamos del resto.

Preguntas Frecuentes sobre el Alquiler de Temporada en Canarias

No. El alquiler de temporada no es un alquiler turístico. No requiere licencia del Cabildo ni declaración responsable de inicio de actividad turística. Es un arrendamiento civil totalmente legal bajo la LAU.

No, siempre y cuando el contrato esté bien redactado (algo que hacemos en GESCAV). Al justificar la causa de la temporalidad (estudios, trabajo temporal, obra en su casa), el inquilino no adquiere derechos de permanencia indefinida.
Aunque el precio por noche es menor que en vacacional, la tasa de ocupación es cercana al 100% durante el contrato. Además, te ahorras los gastos constantes de lavandería, check-ins diarios y la gestión intensiva, lo que a menudo iguala o supera el beneficio neto real.

El mercado ha cambiado
Adáptate y gana.

No dejes que tu propiedad en Lanzarote se quede vacía por miedo a la normativa o atrapada en un contrato de 5 años que no deseas. El alquiler de temporada es la alternativa inteligente para propietarios exigentes.

¿Tienes una vivienda amueblada y lista para entrar?

En GESCAV realizamos un estudio de rentabilidad gratuito y te explicamos cómo adaptar tu inmueble a esta nueva línea de negocio hoy mismo.

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